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Bufete de abogados boutique con sede en Nueva YorkPardalis y Nohavicka trae las últimas actualizaciones legales del mundo de bienes raíces. Pardalis & Nohavicka maneja una variedad ecléctica de asuntos, representando a individuos y propietarios de empresas en litigios civiles, casos penales y transacciones comerciales, actualmente litigando y representando a clientes en los Estados Unidos y en todo el mundo.
Si el gobierno declara nuevamente el estado de emergencia debido a otra crisis de salud pública e inicia un cierre ordenado por el gobierno, estas preparado? Legalmente hablando, eso es.
Incluso después del efecto sustancial que tuvo COVID-19 en la economía, los gobiernos no han cambiado públicamente su postura sobre cómo manejar tales situaciones. En consecuencia, ahora hay precedencia y también mecanismos establecidos. Por lo tanto, para prepararse para lo que parece inevitable, es necesario conocer la influencia que ha tenido la pandemia en los arrendamientos comerciales.
En resumen, el resultado dependerá de los términos negociados en el contrato de arrendamiento. Esto se debe a que los estatutos de Nueva York guardan silencio sobre este asunto y, por lo tanto, uno no debe depender de la asistencia de los tribunales.
Por ejemplo, una de las disposiciones en las que los inquilinos han tratado de basarse para obtener indulgencia en los pagos del alquiler fue a través de una cláusula general de fuerza mayor. Sin embargo, los tribunales generalmente han interpretado esto de manera estricta y dictaminaron que no se aplica a situaciones de tipo COVID a menos que se aborde específicamente en el contrato de arrendamiento.
De manera similar, los inquilinos también han tratado de aplicar las doctrinas de defensa de frustración e imposibilidad del derecho consuetudinario. En términos generales, estos permiten eventos imprevistos para excusar las obligaciones de arrendamiento.. Dicho esto, la carga de la prueba es muy alta para un inquilino porque literalmente debe ser imposible haber usado las instalaciones.
Esencialmente, si un inquilino tiene alguna posibilidad de mitigar los daños, no está exento de sus obligaciones de arrendamiento. Como tal, los tribunales interpretarán esta doctrina de manera restringida y han dictaminado que los términos estipulados en el contrato de arrendamiento no dependen de la rentabilidad.
En última instancia, los tribunales han reafirmado la santidad del contrato sobre cualquier injusticia percibida porque las empresas deben considerar todos los riesgos, sin importar cuán distantes sean, en sus planes comerciales. Esto también se puede negociar libremente en el contrato de arrendamiento en beneficio mutuo de ambas partes.
Además, los tribunales no han favorecido a los inquilinos como era de esperar dado el efecto devastador en las empresas. Por lo tanto, es imperativo que todas las partes involucradas aborden específicamente las situaciones de tipo COVID en su contrato de arrendamiento.
Sobre

Taso Pardalis es socio fundador de Law Offices of Pardalis & Nohavicka, una firma de abogados líder de servicio completo en la ciudad de Nueva York con oficinas en Manhattan, Queens y WeWork. Taso puede ser un abogado muy conocido con muchos casos en los titulares de los principales medios de comunicación, pero en el fondo, es un verdadero empresario que cree en apoyar a la comunidad de pequeñas empresas. Sus áreas de concentración son: Propiedad Intelectual, Marcas, Corporativo, Derecho Comercial y Derecho Inmobiliario.
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Juan Pak, se desempeña como Presidente de Bienes Raíces en las Oficinas Legales de Pardalis & Nohavicka. Es abogado transaccional especializado en adquisiciones, enajenaciones y arrendamientos. Graduado de la Facultad de Derecho de Brooklyn, recibió su licenciatura en Ciencias Políticas de la Universidad de Nueva York. Antes de unirse a PN Lawyers, John fue dueño de su propia práctica legal privada durante 15 años y de una compañía de títulos durante 6 años.